+Artículo 18 6.
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Artículo 18 6.
En caso de que la Comisión vaya a adoptar una decisión con arreglo al apartado 1 del presente artículo por la que haga vinculantes los compromisos ofrecidos por el guardián de acceso con arreglo al artículo 25, publicará un resumen no confidencial del caso y el contenido principal de dichos compromisos. Los terceros interesados podrán presentar sus observaciones en un plazo razonable que fijará la Comisión.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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