+Artículo 18 6.

Artículo 18 6.

En caso de que la Comisión vaya a adoptar una decisión con arreglo al apartado 1 del presente artículo por la que haga vinculantes los compromisos ofrecidos por el guardián de acceso con arreglo al artículo 25, publicará un resumen no confidencial del caso y el contenido principal de dichos compromisos. Los terceros interesados podrán presentar sus observaciones en un plazo razonable que fijará la Comisión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito