+Artículo 21 2.

Artículo 21 2.

Al enviar una simple solicitud de información a una empresa o asociación de empresas, la Comisión indicará la base jurídica y la finalidad de la solicitud, especificará qué información se requiere y fijará el plazo en el que se debe facilitar la información, así como las multas sancionadoras previstas en el artículo 30 aplicables por proporcionar información o explicaciones incompletas, incorrectas o engañosas.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito