+Artículo 21 3.

Artículo 21 3.

Cuando por medio de una decisión la Comisión exija a las empresas y asociaciones de empresas que faciliten información, indicará la finalidad de la solicitud, especificará qué información se requiere y fijará el plazo en el que debe facilitarse la información. Cuando la Comisión exija a las empresas que faciliten el acceso a cualesquiera datos y algoritmos y a información sobre las pruebas, indicará la finalidad de la solicitud y fijará el plazo en el que debe facilitarse. Asimismo, indicará las multas sancionadoras previstas en el artículo 30 e indicará o impondrá las multas coercitivas previstas en el artículo 31. Asimismo, indicará el derecho a que la decisión se someta al control del Tribunal de Justicia.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito