+Artículo 21 3.
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Artículo 21 3.
Cuando por medio de una decisión la Comisión exija a las empresas y asociaciones de empresas que faciliten información, indicará la finalidad de la solicitud, especificará qué información se requiere y fijará el plazo en el que debe facilitarse la información. Cuando la Comisión exija a las empresas que faciliten el acceso a cualesquiera datos y algoritmos y a información sobre las pruebas, indicará la finalidad de la solicitud y fijará el plazo en el que debe facilitarse. Asimismo, indicará las multas sancionadoras previstas en el artículo 30 e indicará o impondrá las multas coercitivas previstas en el artículo 31. Asimismo, indicará el derecho a que la decisión se someta al control del Tribunal de Justicia.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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