+Artículo 19 3.

Artículo 19 3.

Cuando, en los casos contemplados en el apartado 1 y en la letra b) del apartado 2, varias empresas respondan a los criterios mencionados, estas deberán, no obstante, incluirse en la consolidación siempre que el conjunto formado por tales empresas presente un interés significativo con respecto a los objetivos especificados.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito