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+Artículo 72ter 5. |
Artículo 72ter 5.La autoridad de resolución únicamente podrá permitir a las entidades incluir los pasivos a que se refieren el apartado 3 o el 4 como elementos de los pasivos admisibles.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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