+Artículo 72quater 4.
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Artículo 72quater 4.
A efectos del apartado 1, cuando un instrumento de pasivos admisibles incluya opciones de amortización anticipada, cuyo ejercicio dependa exclusivamente de la voluntad del emisor con anterioridad al vencimiento original declarado del instrumento, pero cuando las disposiciones que regulen los instrumentos no prevean incentivos para rescatar, amortizar, reembolsar o recomprar el instrumento antes del vencimiento y no incluyan opciones de amortización o de reembolso a discreción de los titulares, el vencimiento del instrumento se definirá como el vencimiento original declarado.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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