+Artículo 136 3.

Artículo 136 3.

La ABE, la AEVM y la AESPJ elaborarán proyectos de normas técnicas de aplicación para especificar los factores cuantitativos a que se refiere el apartado 2, letra a), los factores cualitativos a que se refiere el apartado 2, letra b), y la tasa de referencia a que se refiere el apartado 2, letra c).

La ABE, la AEVM y la AESPJ presentarán esos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 1 de julio de 2014.

Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de aplicación a que se refiere el párrafo primero con arreglo al artículo 15 del Reglamento (UE) no 1093/2010, del Reglamento (UE) no 1094/2010 y del Reglamento (UE) no 1095/2010, respectivamente.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito