+Artículo 184 4.
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Artículo 184 4.
La entidad dispondrá de sistemas y procedimientos para detectar rápidamente un posible deterioro de la situación financiera del vendedor y de la calidad de los derechos de cobro adquiridos, así como para abordar de manera proactiva los problemas conforme vayan surgiendo. En especial, la entidad contará con políticas, procedimientos y sistemas de información claros y eficaces para vigilar los incumplimientos de cláusulas contractuales, así como políticas y procedimientos claros y eficaces para emprender acciones legales y atender a los derechos de cobro adquiridos dudosos.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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