+Artículo 263 3.

Artículo 263 3.

En el caso de las exposiciones con evaluaciones crediticias a largo plazo o cuando se pueda inferir una calificación basada en una evaluación crediticia a largo plazo conforme al apartado 7 del presente artículo, se aplicarán las ponderaciones de riesgo especificadas en el cuadro 2, ajustadas, si procede, en función del vencimiento de los tramos (MT) de conformidad con el artículo 257 y el apartado 4 del presente artículo, o, en el caso del grosor de los tramos no preferentes, de conformidad con el apartado 5 del presente artículo:



Cuadro 2

Nivel de calidad crediticia

Tramo preferente

Tramo no preferente

Vencimiento del tramo (MT)

Vencimiento del tramo (MT)

1 año

5 años

1 año

5 años

1

15  %

20  %

15  %

70  %

2

15  %

30  %

15  %

90  %

3

25  %

40  %

30  %

120  %

4

30  %

45  %

40  %

140  %

5

40  %

50  %

60  %

160  %

6

50  %

65  %

80  %

180  %

7

60  %

70  %

120  %

210  %

8

75  %

90  %

170  %

260  %

9

90  %

105  %

220  %

310  %

10

120  %

140  %

330  %

420  %

11

140  %

160  %

470  %

580  %

12

160  %

180  %

620  %

760  %

13

200  %

225  %

750  %

860  %

14

250  %

280  %

900  %

950  %

15

310  %

340  %

1 050  %

1 050  %

16

380  %

420  %

1 130  %

1 130  %

17

460  %

505  %

1 250  %

1 250  %

Todos los demás

1 250  %

1 250  %

1 250  %

1 250  %

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito