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+Artículo 287 1. |
Artículo 287 1.Las entidades que utilicen el MMI establecerán y mantendrán:
a)
una unidad de control del riesgo que se ajuste a lo dispuesto en el apartado 2;
b)
una unidad de gestión de garantías reales que se ajuste a lo dispuesto en el apartado 3. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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