+Artículo 289 3.

Artículo 289 3.

El modelo utilizado para generar la distribución de exposiciones al riesgo de contraparte formará parte del marco de gestión de dicho riesgo previsto en el artículo 286. Este marco incluirá la medición del uso de las líneas de crédito, mediante la agregación de las exposiciones al riesgo de contraparte a otras exposiciones crediticias, y la asignación de capital interno.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito