Artículo 329 3.
La ABE elaborará proyectos de normas técnicas de regulación a fin de definir una gama de métodos que reflejen en los requisitos de fondos propios otros riesgos, aparte del riesgo de delta, contemplados en el apartado 2, de manera proporcional a la escala y complejidad de las actividades de la entidad en el ámbito de las opciones y certificados de opción de compra. La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 31 de diciembre de 2013. Se delegan en la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero, con arreglo a los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) no 1093/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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