+Artículo 340 4.

Artículo 340 4.

La entidad clasificará cada uno de ellos en la zona pertinente del cuadro 3, procediendo sobre la base de la duración modificada de cada instrumento



Cuadro 3

Zona

Duración modificada

(en años)

Interés estimado (variación en %)

Uno

> 0 ≤ 1,0

1,0

Dos

> 1,0 ≤ 3,6

0,85

Tres

> 3,6

0,7

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito