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+Artículo 353 1. |
Artículo 353 1.A efectos del artículo 352, por lo que se refiere a los OIC se tendrán en cuenta sus posiciones reales en divisas.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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