+Artículo 428bis undecies 1.
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Artículo 428bis undecies 1.
Salvo disposición en contrario del presente capítulo, el importe de la financiación estable disponible se calculará multiplicando el valor contable de las diversas categorías o tipos de pasivos y fondos propios por los factores de financiación estable disponible que deban aplicarse de conformidad con la sección 2. El importe total de la financiación estable disponible será igual a la suma de los importes ponderados de los pasivos y los fondos propios.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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