+Artículo 428bis undecies 1.

Artículo 428bis undecies 1.

Salvo disposición en contrario del presente capítulo, el importe de la financiación estable disponible se calculará multiplicando el valor contable de las diversas categorías o tipos de pasivos y fondos propios por los factores de financiación estable disponible que deban aplicarse de conformidad con la sección 2. El importe total de la financiación estable disponible será igual a la suma de los importes ponderados de los pasivos y los fondos propios.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito