+Artículo 430 10.

Artículo 430 10.

Cuando una autoridad competente considere necesaria, para los fines establecidos en el apartado 5, información no contemplada en las normas técnicas de ejecución a que se refiere el apartado 7, hará saber a la ABE y a la JERS la información adicional que considera debe incluirse en las normas técnicas de ejecución a que se refiere ese apartado.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito