+Artículo 3 2.

Artículo 3 2.

La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 58 a fin de completar la presente Directiva aportando mayor claridad a las definiciones establecidas en el apartado 1 para:

a) 

garantizar la aplicación uniforme de la presente Directiva;

b) 

tener en cuenta, en la aplicación de la presente Directiva, la evolución de los mercados financieros.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito