+Artículo 13 6.
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Artículo 13 6.
A efectos de evaluar la condición que figura en el artículo 23, apartado 1, párrafo primero, letra c), del Reglamento (UE) 2019/2033, la autoridad competente del Estado miembro de origen de la empresa de servicios de inversión podrá solicitar a la autoridad competente del Estado miembro de origen de un miembro compensador información relativa al modelo de garantías y a los parámetros utilizados para el cálculo de las garantías exigidas a la empresa de servicios de inversión correspondiente.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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