+Artículo 29 2.
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Artículo 29 2.
En el caso de que las empresas de servicios de inversión necesiten liquidar y cesar sus actividades, las autoridades competentes les exigirán que, teniendo en cuenta la viabilidad y sostenibilidad de sus modelos empresariales y estrategias, tomen debidamente en consideración los requisitos y los recursos necesarios que resulten realistas, en cuanto a plazos y mantenimiento de los fondos propios y recursos líquidos, durante todo el proceso de salida del mercado.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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