+Artículo 32 2.

Artículo 32 2.

A efectos del apartado 1, los Estados miembros garantizarán que:

a) 

las personas contempladas en el artículo 30, apartado 1, no utilicen estrategias personales de cobertura o seguros relacionados con la remuneración y la responsabilidad con el fin de socavar los principios contemplados en el apartado 1;

b) 

la remuneración variable no se abone mediante canales financieros o métodos que faciliten no atenerse a lo dispuesto en la presente Directiva o en el Reglamento (UE) 2019/2033.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito