+Artículo 46 2.
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Artículo 46 2.
Los Estados miembros garantizarán que, cuando la empresa matriz de una empresa de servicios de inversión sea una sociedad de cartera de inversión matriz de la Unión o una sociedad financiera mixta de cartera matriz de la Unión, la supervisión en base consolidada o la supervisión del cumplimiento de la prueba de capital del grupo sea ejercida por la autoridad competente de esa empresa de servicios de inversión.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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