+Artículo 46 4.
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Artículo 46 4.
Los Estados miembros garantizarán que, cuando las empresas matrices de dos o más empresas de servicios de inversión autorizadas en dos o más Estados miembros comprendan más de una sociedad de cartera de inversión o sociedad financiera mixta de cartera con domicilio social en diferentes Estados miembros y exista una empresa de servicios de inversión en cada uno de esos Estados, la supervisión en base consolidada o la supervisión del cumplimiento de la prueba de capital del grupo sea ejercida por la autoridad competente de la empresa de servicios de inversión con el balance total más elevado.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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