Artículo 54
►C1
De conformidad con el capítulo 1, sección 3, del presente título, ◄ los Estados miembros velarán por que puedan dictarse, contra las sociedades de cartera de inversión, las sociedades financieras mixtas de cartera y las sociedades mixtas de cartera, o sus directivos efectivos, que incumplan las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas de transposición del presente capítulo, las sanciones administrativas u otras medidas administrativas destinadas a poner fin a esos incumplimientos o mitigarlos o subsanar sus causas.