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Artículo 2 Facultades de supervisiónArtículo 2 Facultades de supervisión A efectos de garantizar el cumplimiento del presente Reglamento, las autoridades competentes gozarán de las facultades establecidas en la Directiva (UE) 2019/2034, y se atendrán a los procedimientos en ella previstos. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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