+Artículo 12 3.

Artículo 12 3.

Cuando una empresa de servicios de inversión deje de cumplir la totalidad de las condiciones establecidas en el apartado 1, dejará con efecto inmediato de considerarse una empresa de servicios de inversión pequeña y no interconectada.

Como excepción a lo dispuesto en el párrafo primero, cuando una empresa de servicios de inversión deje de cumplir las condiciones establecidas en el apartado 1, letras a), b), h) o i), pero siga cumpliendo las condiciones establecidas en el apartado 1, letras c) a g), dejará de considerarse una empresa de servicios de inversión pequeña y no interconectada al cabo de un período de tres meses, contados a partir de la fecha en que se supere el umbral. La empresa de servicios de inversión notificará sin demora indebida a la autoridad competente cualquier incumplimiento de los umbrales.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito