+Artículo 29 4.

Artículo 29 4.

El importe nocional de los contratos sobre tipos de interés y de los contratos de derivados de crédito por el tiempo restante hasta el vencimiento (en años) de esos contratos se ajustará en función de la duración determinada por la fórmula siguiente:

Duración = (1 - exp (-0,05 • tiempo hasta el vencimiento))/0,05

Para los contratos de derivados distintos de los contratos sobre tipos de interés y de los contratos de derivados de crédito, la duración será 1.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito