+Artículo 29 6.

Artículo 29 6.

El delta supervisor de las opciones y las opciones sobre permutas podrá ser calculado por la propia empresa de servicios de inversión, utilizando un modelo adecuado, sujeto a la aprobación de las autoridades competentes. El modelo estimará el porcentaje de variación del valor de la opción frente a pequeñas variaciones del valor de mercado del subyacente. En lo que respecta a las operaciones distintas de las opciones y las opciones sobre permutas o si las autoridades competentes no han aprobado ningún modelo, el delta será de 1.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito