Artículo 33 1.
A efectos del cálculo del K-DTF, el DTF será la media móvil del valor del flujo de negociación diario total calculado cada día hábil durante los nueve meses anteriores, con exclusión de los tres últimos meses. El DTF será la media aritmética de los valores diarios de los seis meses restantes. El K-DTF se calculará el primer día hábil de cada mes.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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