+Artículo 43 4.
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Artículo 43 4.
A efectos del apartado 1, párrafo segundo, la ABE, tras consultar a la AEVM, elaborará directrices que especifiquen en mayor medida los criterios que deben tener en cuenta las autoridades competentes cuando eximan del requisito de liquidez a las empresas de servicios de inversión que cumplan las condiciones para considerarse empresas de servicios de inversión pequeñas y no interconectadas establecidas en el artículo 12, apartado 1.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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