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+Artículo 46 bis 2. |
Artículo 46 bis 2.A efectos del apartado 1, letra b), inciso ii), las empresas de servicios de inversión obtendrán un identificador de entidad jurídica.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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