|
+Artículo 57 1. |
Artículo 57 1.Los artículos 43 a 51 se aplicarán a los operadores en materias primas y derechos de emisión a partir del 26 de junio de 2026.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|