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+Artículo 451bis 1. |
Artículo 451bis 1.Las entidades sujetas a la parte sexta divulgarán información sobre su ratio de cobertura de liquidez, su ratio de financiación estable neta y su gestión del riesgo de liquidez de conformidad con el presente artículo.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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