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+Artículo 65 Referencias al Reglamento (UE) n.o575/2013 en otros actos jurídicos de la Unión |
Artículo 65 Referencias al Reglamento (UE) n.o575/2013 en otros actos jurídicos de la UniónArtículo 65 Referencias al Reglamento (UE) n.o 575/2013 en otros actos jurídicos de la Unión A efectos de los requisitos prudenciales de las empresas de servicios de inversión, las referencias al Reglamento (UE) n.o 575/2013 en otros actos de la Unión se entenderán hechas al presente Reglamento. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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