+Artículo 451bis 3.

Artículo 451bis 3.

Las entidades divulgarán la siguiente información en relación con su ratio de financiación estable neta calculada con arreglo a la parte sexta, título IV:

a) 

las cifras al final del trimestre de su ratio de financiación estable neta calculada con arreglo a la parte sexta, título IV, capítulo 2, para cada trimestre del período pertinente de divulgación de información;

b) 

un resumen del importe de la financiación estable disponible calculado con arreglo a la parte sexta, título IV, capítulo 3;

c) 

un resumen del importe de la financiación estable requerida calculado con arreglo a la parte sexta, título IV, capítulo 4.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito