|
+Artículo 16 6 |
Artículo 16 66. Se otorgan a la Comisión competencias para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el apartado 1, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|