+Artículo 2 8)

Artículo 2 8)

«caso de incumplimiento»: una situación en la que la ECC ha declarado el incumplimiento por parte de:

a)

uno o varios miembros compensadores de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 48 del Reglamento (UE) n.o 648/2012, o

b)

una o varias ECC interoperables de conformidad con los acuerdos contractuales pertinentes o con el procedimiento establecido en el artículo 52 del Reglamento (UE) n.o 648/2012.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito