+Artículo 2 8)
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Artículo 2 8)
«caso de incumplimiento»: una situación en la que la ECC ha declarado el incumplimiento por parte de:
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a)
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uno o varios miembros compensadores de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 48 del Reglamento (UE) n.o 648/2012, o
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b)
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una o varias ECC interoperables de conformidad con los acuerdos contractuales pertinentes o con el procedimiento establecido en el artículo 52 del Reglamento (UE) n.o 648/2012.
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1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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