+Artículo 2 20)

Artículo 2 20)

«cliente indirecto»: una empresa que ha establecido acuerdos de compensación indirectos con un miembro compensador en el sentido del artículo 4, apartado 3, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.o 648/2012;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito