|
+Artículo 3 7 |
Artículo 3 77. Los Estados miembros en los que no esté establecida ninguna ECC podrán establecer excepciones a los requisitos que figuran en el apartado 3, salvo en lo que respecta a los mecanismos para evitar conflictos de intereses. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|