+Artículo 8 1

Artículo 8 1

1.   Las autoridades de resolución, las autoridades competentes y la AEVM se facilitarán mutuamente, a iniciativa propia o previa solicitud y a su debido tiempo, toda la información pertinente para el ejercicio de sus funciones en virtud del presente Reglamento.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito