+Artículo 17 3

Artículo 17 3

3.   La decisión conjunta a que se refiere el apartado 1, letra b), del presente artículo, se adoptará en un plazo de cuatro meses a partir de la presentación de las medidas propuestas por la ECC para eliminar los obstáculos a la resolubilidad según lo indicado en el artículo 16, apartado 3.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito