+Artículo 31 2

Artículo 31 2

2.   En caso de que un miembro compensador no incumplidor no pague el importe solicitado, la autoridad de resolución podrá exigir a la ECC que lo declare en mora y que utilice, hasta llegar al importe solicitado, el margen inicial de dicho miembro y su contribución al fondo de garantía frente a incumplimientos con arreglo al artículo 45 del Reglamento (UE) n.o 648/2012.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito