+Artículo 44 Recursos de financiación alternativos

Artículo 44 Recursos de financiación alternativos

Artículo 44

Recursos de financiación alternativos

La autoridad de resolución podrá celebrar contratos para la obtención de préstamos u otras formas de apoyo financiero, con inclusión de recursos prefinanciados disponibles en cualquier fondo de garantía frente a incumplimientos de la ECC objeto de resolución que no esté agotado, cuando sea necesario para satisfacer necesidades temporales de liquidez a fin de garantizar la aplicación eficaz de los instrumentos de resolución.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito