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+Artículo 73 2 |
Artículo 73 22. Las personas contempladas en el apartado 1, letras a), b), c), g), h) y j), se asegurarán de que haya normas internas para garantizar que se respeten los requisitos de confidencialidad establecidos en los apartados 1 y 3, incluidas normas para garantizar la confidencialidad de la información que se transmite entre las personas directamente involucradas en el proceso de resolución. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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