|
+Artículo 85 d) |
Artículo 85 d)el importe de los beneficios obtenidos o de las pérdidas evitadas por la persona física o jurídica responsable, en la medida en que puedan determinarse; 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|