+Artículo 5 3

Artículo 5 3

3.   Las autoridades competentes podrán, en particular, exigir la plena consolidación de las entidades o entidades financieras a que se refiere el apartado 1 cuando, como consecuencia de las relaciones organizativas y financieras entre la entidad que ejerce la influencia significativa y las entidades o entidades financieras de que se trate, la entidad esté expuesta a la mayoría de los riesgos o de los beneficios que se deriven de las actividades relevantes de esas entidades o entidades financieras.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito