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+Artículo 7 2 |
Artículo 7 22. Las autoridades competentes podrán exigir, en particular, la plena consolidación de la filial o la empresa a que se refiere el apartado 1 cuando, como consecuencia de las relaciones organizativas y financieras entre la entidad y la filial o la empresa de que se trate, la entidad esté expuesta a la mayoría de los riesgos o de los beneficios que se deriven de las actividades relevantes de esa filial o esa empresa. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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