+Artículo 14 2
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Artículo 14 2
A efectos de la letra c), inciso i), el límite del valor en riesgo será la suma de los límites de valor en riesgo individuales cuando no se haya concedido la autorización para utilizar el método de modelos internos a que se refiere el artículo 325, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 575/2013.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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