+Artículo 14 2

Artículo 14 2

A efectos de la letra c), inciso i), el límite del valor en riesgo será la suma de los límites de valor en riesgo individuales cuando no se haya concedido la autorización para utilizar el método de modelos internos a que se refiere el artículo 325, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 575/2013.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito