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+Artículo 53 2 |
Artículo 53 2El artículo 18, apartado 1, letra a), en lo que respecta al riesgo medioambiental, el artículo 18, apartado 1, letra c), inciso vii), y el artículo 18, apartado 2, letra b), inciso v), serán de aplicación a partir del 1 de enero de 2025. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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