+Artículo 2 b)

Artículo 2 b)

que la circunstancia desencadenante a que se refiere la letra a) se produzca cuando la ratio de capital de nivel 1 ordinario de la entidad que emita el instrumento, contemplada en el artículo 92, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) no 575/2013, descienda por debajo de uno de los umbrales siguientes:

i)

el 7 %,

ii)

un porcentaje superior al 7 %, cuando así lo decida la entidad y figure especificado en las disposiciones que rijan el instrumento;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito