+Artículo 5 10

Artículo 5 10

10.   El importe de los instrumentos que deba amortizarse o convertirse deberá someterse a un examen independiente. Este examen se completará lo antes posible y no podrá suponer un impedimento para la amortización o la conversión del instrumento por la entidad.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito